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ES2926127T3 - Dispositivo emisor de luz para la antiincrustación de una superficie protegida - Google Patents

Dispositivo emisor de luz para la antiincrustación de una superficie protegida Download PDF

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ES2926127T3
ES2926127T3 ES17746441T ES17746441T ES2926127T3 ES 2926127 T3 ES2926127 T3 ES 2926127T3 ES 17746441 T ES17746441 T ES 17746441T ES 17746441 T ES17746441 T ES 17746441T ES 2926127 T3 ES2926127 T3 ES 2926127T3
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ES
Spain
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light
zone
optical medium
arrangement
antifouling
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Active
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ES17746441T
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English (en)
Inventor
Hugo Cornelissen
Bart Salters
Roelant Hietbrink
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Koninklijke Philips NV
Original Assignee
Koninklijke Philips NV
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Publication date
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Abstract

Una disposición de emisión de luz (100) para antiincrustante de una superficie (30), comprende un medio óptico (10) y al menos una fuente de luz (20) para emitir luz antiincrustante. Una primera zona (1) del arreglo (100), que es la más cercana a la fuente de luz (20), está dispuesta y configurada para hacer predominantemente que la luz antiincrustante se refleje de manera especular hacia una superficie de emisión (12) del medio óptico (10), a través del medio óptico (10), una segunda zona (2) de la disposición (100) está dispuesta y configurada para realizar predominantemente la propagación de la luz antiincrustante a través del medio óptico (10) por medio interno total. reflexión, y una tercera zona (3) de la disposición (100), que está más alejada de la fuente de luz (20), está dispuesta y configurada para hacer predominantemente que la luz antiincrustante se disperse fuera del medio óptico (10), a través de la superficie de emisión (12) del medio óptico (10). (Traducción automática con Google Translate, sin valor legal)

Description

DESCRIPCIÓN
Dispositivo emisor de luz para la antiincrustación de una superficie protegida
Campo de la invención
La invención se refiere a una disposición de emisión de luz dispuesto y configurado para realizar antiincrustaciones de una superficie protegida a sumergir, al menos durante una parte de su vida útil, en un líquido incrustante que contiene organismos bioincrustantes, la disposición de emisión de luz que comprende un medio óptico y una fuente de luz para emitir luz antiincrustante, comprendiendo el medio óptico material que está configurado para permitir que al menos parte de la luz antiincrustante se distribuya a través del medio óptico, en el que el medio óptico comprende una superficie de emisión para emitir la luz antiincrustante en una dirección alejada de la superficie protegida cuando la disposición de emisión de luz está en una posición operativa con respecto a la superficie protegida, y una superficie trasera que se orienta hacia la superficie protegida.
Antecedentes de la invención
La bioincrustación de superficies que están expuestas al agua, durante al menos una parte de su vida, es un fenómeno bien conocido, que causa problemas sustanciales en muchos campos. Por ejemplo, en el campo del transporte marítimo, se sabe que la bioincrustación en el casco de los barcos provoca un aumento severo de la resistencia de los barcos y, por lo tanto, un mayor consumo de combustible de los barcos. En este sentido, se estima que un aumento de hasta un 40 % en el consumo de combustible se puede atribuir a la bioincrustación.
En general, la bioincrustación es la acumulación de microorganismos, plantas, algas, animales pequeños y similares en las superficies. De acuerdo con algunas estimaciones, más de 1.800 especies que comprenden más de 4.000 organismos son responsables de la bioincrustación. Por lo tanto, la bioincrustación es causada por una amplia variedad de organismos e involucra mucho más que la unión de percebes y algas marinas a las superficies. La bioincrustación se divide en microincrustaciones que incluyen la formación de biopelículas y la adhesión bacteriana, y macroincrustaciones que incluyen la unión de organismos más grandes. Debido a la química y la biología distintas que determinan qué les impide asentarse, los organismos también se clasifican como duros o blandos. Los organismos incrustantes duros incluyen organismos calcáreos como percebes, briozoos incrustantes, moluscos, poliquetos y otros gusanos tubulares y mejillones cebra. Los organismos de incrustación blanda incluyen organismos no calcáreos como algas, hidroides, algas y de biopelícula "limo". Juntos, estos organismos forman una comunidad incrustante.
Como se mencionó anteriormente, la bioincrustación crea problemas sustanciales. La bioincrustación puede hacer que la maquinaria deje de funcionar y que las entradas de agua se obstruyan, por mencionar solo otras dos consecuencias negativas además del aumento de la resistencia de los barcos mencionado anteriormente. Por lo tanto, el tema del antibioincrustante, es decir, el procedimiento de eliminar o prevenir la bioincrustación, es bien conocido.
El documento WO 2014/188347 A1 divulga un procedimiento de antiincrustante de una superficie mientras dicha superficie está al menos parcialmente sumergida en un entorno líquido, en particular un entorno acuoso o aceitoso. El procedimiento implica proporcionar una luz antiincrustante y proporcionar un medio óptico muy cerca de la superficie protegida, teniendo el medio óptico una superficie de emisión sustancialmente plana. Al menos parte de la luz se distribuye a través del medio óptico en una dirección sustancialmente paralela a la superficie protegida, y la luz antiincrustante se emite desde la superficie de emisión del medio óptico, en dirección opuesta a la superficie protegida. La luz antiincrustante puede ser luz ultravioleta, y el medio óptico puede comprender silicona transparente ultravioleta, es decir, silicona que es sustancialmente transparente a la luz ultravioleta y/o sílice fundida de grado ultravioleta, en particular cuarzo.
Aplicando el procedimiento conocido del documento WO 2014/188347 A1, es posible cubrir una superficie protegida para mantenerla limpia de bioincrustaciones, al menos en una medida significativa, con una capa que emite luz germicida. La superficie protegida puede ser el casco de un barco, como se mencionó anteriormente, pero el procedimiento es igualmente aplicable a otros tipos de superficie.
El documento WO 2014/188347 A1 divulga además un módulo de iluminación que es adecuado para ser utilizado para poner en práctica el procedimiento mencionado anteriormente. Por lo tanto, el módulo de iluminación comprende al menos una fuente de luz para generar luz antiincrustante y un medio óptico para distribuir la luz antiincrustante desde la fuente de luz. La al menos una fuente de luz y/o el medio óptico pueden estar dispuestos al menos parcialmente en, sobre y/o cerca de la superficie protegida para emitir la luz antiincrustante en una dirección que se aleja de la superficie protegida. El módulo de iluminación se puede proporcionar como una lámina que es adecuada para su aplicación a la superficie protegida. En cualquier caso, es posible que el módulo de iluminación comprenda una cuadrícula bidimensional de fuentes de luz para generar luz antiincrustante y que el medio óptico esté dispuesto para distribuir al menos una parte de la luz antiincrustante de la cuadrícula dimensional de fuentes de luz a través del medio óptico para proporcionar una distribución bidimensional de luz antiincrustante que sale de una superficie de emisión de luz del módulo de luz.
La cuadrícula bidimensional de fuentes de luz puede estar dispuesta en una estructura de alambre de gallinero, una estructura compacta, una estructura de filas/columnas o cualquier otra estructura regular o irregular adecuada. Una de las ventajas de proporcionar una cuadrícula bidimensional de fuentes de luz es que se incrementa la homogeneidad de la distribución de la luz a través de la superficie de emisión. El hecho es que, al tener una mayor homogeneidad en la distribución de la luz a través de la superficie de emisión, se pueden reducir o incluso prevenir las áreas subiluminadas, donde de lo contrario podría producirse bioincrustación, mientras que al mismo tiempo también se puede reducir o prevenir el desperdicio de energía, lo que, de lo contrario, puede ocurrir en áreas sobre iluminadas que reciben más luz de la necesaria para el antiincrustante. El documento WO 2014/188347 A1 también divulga que la distribución de la luz a través de la superficie de emisión puede mejorarse aún más teniendo un patrón de dispersión en lugares apropiados en el medio óptico. En sentido general, se indica que las ideas y soluciones para obtener una mejor uniformidad en una estructura óptica relativamente delgada implican la introducción de dispersores y/o reflectores u otros difusores de luz directamente frente a una o más fuentes de luz.
Sumario de la invención
De lo anterior se sigue que el documento WO 2014/188347 A1 aborda el tema de la mejora de la homogeneidad de la distribución de la luz en la superficie de emisión de un módulo de iluminación antiincrustante. Está claro que sin que se tomen medidas, la luz emitida desde la superficie de emisión disminuye con la distancia a la fuente de luz por medio de la cual se genera la luz. La invención se refiere al mismo tema, y es un objeto de la invención proporcionar una forma práctica y sencilla de lograr una excelente distribución de la luz antiincrustante desde una fuente de luz de una disposición de emisión de luz como antiincrustante de una superficie protegida.
De acuerdo con la invención, se proporciona una disposición de emisión de luz, que está dispuesto y configurado para realizar antiincrustanciones de una superficie protegida a sumergir, al menos durante una parte de su vida útil, en un líquido incrustante que contiene mecanismos bioincrustantes, y que comprende un medio óptico y una fuente de luz para emitir luz antiincrustante, comprendiendo el medio óptico material que está configurado para permitir que al menos parte de la luz antiincrustante se distribuya a través del medio óptico, en el que el medio óptico comprende una superficie de emisión para emitir la luz antiincrustante en una dirección opuesta a la superficie protegida cuando la disposición de emisión de luz está en una posición operativa con respecto a la superficie protegida, y una superficie trasera que se orienta mirar hacia la superficie protegida, y en el que la disposición de emisión de luz comprende un grupo de tres zonas cubiertas por la luz antiincrustante de la fuente de luz, específicamente, una primera zona que está dispuesta y configurada para hacer que la luz antiincrustante se refleje predominantemente de manera especular hacia la superficie de emisión del medio óptico, a través del medio óptico, una segunda zona que está dispuesta y configurada para realizar la propagación de la luz antiincrustante predominantemente a través del medio óptico por total reflexión interna, y una tercera zona que está dispuesta y configurada para hacer que la luz antiincrustante se disperse predominantemente fuera del medio óptico, a través de la superficie de emisión del medio óptico, estando la primera zona más cerca de la fuente de luz que la segunda zona, y estando la segunda zona más cerca de la fuente de luz que la tercera zona.
De la definición anterior de la invención se desprende que cuando la invención se pone en práctica, se proporciona una disposición de emisión de luz antiincrustante que comprende un medio óptico y una fuente de luz, y que, en esta disposición, tres zonas están asociadas con la fuente de luz, en un orden particular. Una primera zona, que es la más cercana a la fuente de luz, se usa para reflejar predominantemente la luz antiincrustante hacia la superficie de emisión del medio óptico de manera especular, es decir, como un espejo, a través del medio óptico. Una segunda zona, que está más alejada de la fuente de luz que la primera zona, es adecuada para realizar la propagación de la luz antiincrustante a través del medio óptico por reflexión interna total. Una tercera zona, que está más alejada de la fuente de luz, se utiliza para dispersar predominantemente la luz antiincrustante, es decir, reflejando la luz antiincrustante de manera difusa, fuera del medio óptico, a través de la superficie de emisión del medio óptico. Al tener las zonas mencionadas, se logra una excelente distribución de la luz antiincrustante a través de la superficie de emisión del medio óptico. En base a sus propiedades reflectantes especulares, la primera zona es capaz de redirigir parte de la luz antiincrustante emitida en la dirección correcta, es decir, en la dirección de la segunda zona y la tercera zona. La segunda zona es una zona intermedia que permite que la luz se propague en la dirección de la tercera zona. Tanto en la primera como en la segunda zona, parte de la luz se emite desde la superficie de emisión del medio óptico, especialmente cuando la luz incide sobre la superficie de emisión en un ángulo que permite que la luz escape del medio óptico a través de la superficie de emisión. En base a sus propiedades de dispersión de la luz, la tercera zona es capaz de dirigir prácticamente toda la luz que llega a esta zona fuera del medio óptico, a través de la superficie de emisión.
La indicación de que una zona está dispuesta y configurada para realizar un determinado efecto sobre la luz antiincrustante predominantemente, es decir, la reflexión especular hacia la superficie de emisión del medio óptico en la primera zona, la propagación a través del medio óptico por reflexión interna total en la segunda zona, y la dispersión fuera del medio óptico en la tercera zona, debe entenderse en el sentido de que el efecto es aplicable a la mayor parte de la luz en esa zona. Por ejemplo, la dispersión de la luz no solo tiene lugar en la tercera zona, sino que también puede tener lugar en la primera zona y en la segunda zona, respectivamente, hasta cierta medida. Sin embargo, en la primera zona y en la segunda zona predominan otros efectos, mientras que la tercera zona puede distinguirse de esas otras dos zonas en base al hecho de que sólo en la tercera zona predomina y es aplicable el efecto de dispersión de la luz a una parte significativamente mayor de la luz que en las otras dos zonas. De manera similar, es cierto que un efecto de reflexión interna total también puede estar presente en la primera zona y la tercera zona, respectivamente, en una pequeña medida, pero es claramente predominante, es decir, aplicable a una parte mayor de la luz, en la segunda zona, y que la reflexión especular hacia la superficie de emisión del medio óptico también puede tener lugar en la segunda zona y la tercera zona, respectivamente, en cierta medida, pero es por mucho el efecto que está más presente en la primera zona.
La disposición de emisión de luz puede colocarse en cualquier posición adecuada con respecto a la superficie protegida para estar en una posición operativa con respecto a la superficie protegida, incluida una posición en la que la disposición de emisión de luz esté dispuesto en la superficie protegida, una posición en la que la disposición de emisión de luz está dispuesta sobre la superficie protegida y una posición en la que la disposición de emisión de luz está dispuesta cerca de la superficie protegida, y cualquier combinación posible de esas posiciones.
Una primera ventaja notable de la invención es el aumento de la eficiencia de la potencia que conduce a una mayor área limpia de la superficie protegida y/o a un menor consumo de potencia. Una segunda ventaja notable de la invención es la protección de la superficie protegida de la radiación de alta intensidad cerca de la fuente de luz. Incluso puede ser que se bloquee la salida de la luz del medio óptico en la superficie trasera del mismo en la primera zona y la tercera zona, por ejemplo por medio de una capa especularmente reflectante y una capa de dispersión, respectivamente, que pueden estar dispuestas en el medio óptico en la superficie trasera del mismo, y que la luz no puede escapar del medio óptico en la parte trasera del mismo también en la segunda zona, en función de los posibles ángulos en los que la luz incide en la superficie trasera en la segunda zona, cuyos ángulos se pueden mantener dentro de ciertos límites sobre la base de los detalles de diseño de la disposición de emisión de luz. Además, cuando se aplica la invención, es posible tener una disposición de emisión de luz que sea transparente en una cierta zona fuera de la fuente de luz, es decir, al menos en la segunda zona, que permite la visibilidad de la superficie protegida.
Ventajosamente, en el marco de la invención, puede ser que, en la primera zona, la superficie de emisión del medio óptico esté al menos parcialmente cubierta por un espejo, con la cara reflectante del espejo orientada hacia la superficie de emisión. En tal caso, el espejo mencionado sirve para disminuir la emisión de luz antiincrustante en la superficie de emisión del medio óptico en las inmediaciones de la fuente de luz, contribuyendo así a la distribución homogénea deseada de la luz a través de la superficie de emisión. Preferiblemente, dicho espejo es semitransparente a la luz antiincrustante. El espejo puede ser un espejo patrón, por ejemplo. En vista de la deseada distribución homogénea de la luz a través de la superficie de emisión, es una opción ventajosa tener un diseño del espejo semitransparente en el que la medida en que el espejo es semitransparente a la luz antiincrustante aumenta en una dirección alejada de la fuente de luz, para permitir que pase más luz a una distancia mayor de la fuente de luz.
En cualquier caso, para permitir que la primera zona permita que la luz antiincrustante se refleje de manera especular hacia la superficie de emisión del medio óptico, a través del medio óptico, en particular para permitir que la luz antiincrustante se refleje en la superficie trasera del medio óptico, es práctico si en la primera zona, la superficie trasera del medio óptico está cubierta al menos parcialmente por un espejo, con un lado reflectante del espejo que se orienta hacia la superficie trasera. La reflexión interna total de la luz en la segunda zona puede promoverse proporcionando a la superficie trasera del medio óptico una capa de índice bajo en esa zona, lo que no altera el hecho de que es posible que la superficie trasera del medio óptico esté libre de cualquier capa u otros medios para reducir un índice de refracción en esa zona. Si se aplica una capa de índice bajo, es práctico que el índice de refracción de esa capa sea menor que el índice de refracción del líquido incrustante en el que se va a sumergir la superficie protegida. De lo contrario, agregar una capa no ayuda a promover la reflexión interna total en comparación con una situación en la que solo los índices de refracción del material del medio óptico y el líquido incrustante son factores decisivos. Finalmente, para permitir que la tercera zona permita que la luz antiincrustante se disperse fuera del medio óptico, a través de la superficie de emisión del medio óptico, particularmente para permitir que la luz antiincrustante se disperse en la superficie trasera del medio óptico, es práctico si en la tercera zona, la superficie trasera del medio óptico está cubierta al menos parcialmente por una capa de dispersión, con un lado de dispersión de la capa de dispersión que se orienta hacia la superficie trasera.
En una realización preferente de la disposición de emisión de luz de acuerdo con la invención, la fuente de luz se coloca más cerca del nivel de la superficie de emisión del medio óptico que del nivel de la superficie trasera del medio óptico, para tener una mayor área de la superficie de emisión donde la densidad de potencia de la luz está por encima de un umbral predeterminado que se sabe que es relevante cuando se trata de lograr efectos antiincrustantes. Además, para mejorar la eficacia del diseño de la disposición de emisión de luz de acuerdo con la invención, la fuente de luz puede disponerse y configurarse para emitir más del 50 % de la luz antiincrustante directamente hacia la superficie trasera del medio óptico en la primera zona. De esta forma, se puede conseguir que en la primera zona se haga que una parte importante de la luz se refleje de forma especular y llegue a la segunda zona en lugar de ser emitida directamente desde el medio óptico en la superficie de emisión.
De acuerdo con una idea que subyace a la invención, es ventajoso que la primera zona tenga un límite exterior sustancialmente curvado circularmente y que la tercera zona tenga un límite interior sustancialmente curvado circularmente, estando la fuente de luz en el centro de las formas circulares, de modo que los límites están a una distancia constante de la fuente de luz como se ve a lo largo de las direcciones en las que la luz antiincrustante puede viajar desde la fuente de luz. Para conseguir que en la primera zona al menos la mayor parte de la luz se refleje de forma especular hacia la superficie de emisión del medio óptico, que en la segunda zona al menos la mayor parte de la luz se propague a través de la óptica medio por reflexión interna total, y que en la tercera zona al menos una parte mayor de la luz se disperse fuera del medio óptico, a través de la superficie de emisión del medio óptico, es ventajoso relacionar una distancia radial entre el límite exterior de la primera zona y la fuente de luz a los aspectos posicionales de la fuente de luz en el medio óptico y un ángulo crítico para la reflexión interna total en el medio óptico y/o para relacionar una distancia radial entre el límite interior de la tercera zona y la fuente de luz a aspectos dimensionales en el medio óptico, a aspectos posicionales de la fuente de luz en el medio óptico y a un ángulo crítico para la reflexión interna total en el medio óptico. En particular, se puede elegir una distancia radial entre el límite exterior sustancialmente curvado circularmente de la primera zona y la fuente de luz para que sea igual o mayor que hi/tan(90°-9), y/o se puede elegir una distancia radial entre el límite interior sustancialmente curvado circularmente de la tercera zona y la fuente de luz para que sea igual o mayor que (he+(he-hi))/tan(90°-9), en el que hi representa un nivel de altura de la fuente de luz con respecto a la superficie trasera del medio óptico, en el que he representa un nivel de altura de la superficie de emisión del medio óptico con respecto a la superficie trasera del medio óptico, y en el que 9 representa un ángulo crítico para la reflexión interna total en el medio óptico, que se define como arcsen(n2/ni ), en el que ni representa un índice de refracción del material del medio óptico, y en el que n2 representa un índice de refracción del líquido incrustante en el que se va a sumergir la superficie protegida. De esa forma, se puede lograr que el diseño de la disposición de emisión de luz se optimice teniendo en cuenta el comportamiento de la luz antiincrustante en el entorno constituido por el medio óptico y el líquido incrustante adyacente, particularmente el comportamiento en base a una gama de ángulos de impacto sobre la superficie de emisión en la que la luz es capaz de escapar del medio óptico y una gama de ángulos de impacto sobre la superficie de emisión asociada a la reflexión interna total de la luz en el medio óptico.
En una realización práctica de la disposición de emisión de luz de acuerdo con la invención el medio óptico está en forma de placa, en el que la superficie de emisión del medio óptico y la superficie trasera del medio óptico son sustancialmente planas y se extienden sustancialmente paralelas entre sí. En tal realización, el medio óptico es muy adecuado para ser aplicado como una cubierta a una superficie protegida.
Es práctico que la fuente de luz esté adaptada para emitir luz ultravioleta. Una ventaja general de usar luz ultravioleta para realizar antiincrustaciones es que se evita que los microorganismos se adhieran y arraiguen en la superficie que debe mantenerse limpia, sin efectos secundarios dañinos o efectos secundarios que no puedan contrarrestarse fácilmente. La fuente de luz puede estar incrustada en el medio óptico, o puede disponerse fuera del medio óptico, en una posición adyacente al medio óptico.
En aras de la integridad, se indica lo siguiente con respecto al antibioincrustante mediante el uso de luz ultravioleta. Se puede elegir una fuente de luz en la disposición de emisión de luz para la antiincrustación para emitir específicamente luz ultravioleta del tipo C, que también se conoce como luz UVC, e incluso más específicamente, luz con una longitud de onda aproximadamente entre 250 nm y 300 nm. Se ha descubierto que la mayoría de los organismos contaminantes mueren, se vuelven inactivos o se vuelven incapaces de reproducirse al exponerlos a una cierta dosis de luz ultravioleta. Una intensidad típica que parece adecuada para realizar un antiincrustante es de 10 mW por metro cuadrado. La luz se puede aplicar de forma continua o con una frecuencia adecuada, lo que sea apropiado en una situación dada, especialmente a una intensidad de luz dada. Un LED es un tipo de lámpara UVC que se puede aplicar como fuente de luz de la disposición de emisión de luz. Es un hecho que los LED generalmente se pueden incluir en paquetes relativamente pequeños y consumen menos potencia que otros tipos de fuentes de luz. Además, los LED se pueden incrustar muy bien en una placa de material. Además, los LED se pueden fabricar para emitir luz (ultravioleta) de varias longitudes de onda deseadas, y sus parámetros operativos, más notablemente la potencia de salida, se pueden controlar en un alto grado. El LED puede ser un llamado LED de emisión lateral y puede estar dispuesto en el medio óptico para emitir la luz antiincrustante en direcciones donde la primera zona, la segunda zona y la tercera zona se ubican sucesivamente.
Cuando la fuente de luz está adaptada para emitir luz ultravioleta, es ventajoso que el medio óptico comprenda un material transparente ultravioleta tal como silicona transparente ultravioleta. En un sentido general, el hecho de que el medio óptico comprenda material que esté configurado para permitir que al menos parte de la luz antiincrustante se distribuya a través del medio óptico puede entenderse como que implica que el medio óptico comprende material que es sustancialmente transparente a la luz antiincrustante.
Es una posibilidad práctica que la disposición de emisión de luz de acuerdo con la invención comprenda un solo medio óptico y una pluralidad de fuentes de luz incrustadas en el medio óptico, en la que la disposición de emisión de luz comprende una pluralidad de grupos de la primera zona, la segunda zona y la tercera zona, y en la que cada una de las fuentes de luz está asociada a uno de los grupos. En tal caso, el medio óptico de la disposición de emisión de luz puede ser de cualquier forma y tamaño adecuados, en el que las fuentes de luz tales como los LED se distribuyen por todo el medio óptico y en el que la luz emitida por cada una de las fuentes de luz se distribuye a través de la superficie de emisión superficie del medio óptico en una medida optimizada. Las fuentes de luz se pueden disponer en una serie de conexiones paralelas en una cuadrícula, opcionalmente una cuadrícula que tiene una estructura de alambre de gallinero.
La invención es aplicable en varios contextos. Por ejemplo, la disposición de emisión de luz de acuerdo con la invención puede aplicarse en el contexto de una embarcación marina. En particular, en ese contexto, la disposición de emisión de luz puede disponerse para tener una función manteniendo el casco de la embarcación limpio de bioincrustaciones, lo que no altera el hecho de que también existen muchas otras posibilidades de aplicación en ese contexto.
Los aspectos descritos anteriormente y otros de la invención serán evidentes y aclarados con referencia a la siguiente descripción detallada de dos realizaciones de una disposición de emisión de luz que comprende un medio óptico y una serie de fuentes de luz incrustadas en el medio óptico, cuyas fuentes de luz sirven para emitir luz antiincrustante, de modo que la disposición de emisión de luz sea adecuada para usarse como antiincrustante de una superficie protegida.
Breve descripción de las figuras
La invención se explicará ahora con mayor detalle haciendo referencia a las figuras, en las que partes iguales o similares se indican con los mismos signos de referencia, y en las que:
La Figura 1 se refiere a una primera realización de una disposición de emisión de luz de acuerdo con la invención y muestra esquemáticamente una vista en sección de una parte de un medio óptico que forma parte de la disposición de emisión de luz, un LED incrustado en el medio óptico y un espejo y una capa de dispersión presentes en una superficie trasera del medio óptico, en el que las posibles trayectorias de los rayos de luz se indican esquemáticamente por medio de flechas;
la Figura 2 muestra esquemáticamente una vista desde arriba de una porción de la disposición de emisión de luz de acuerdo con la primera realización;
la Figura 3 muestra esquemáticamente una vista desde arriba en perspectiva de una porción de la disposición de emisión de luz de acuerdo con la primera realización; y
La Figura 4 se refiere a una segunda realización de una disposición de emisión de luz de acuerdo con la invención y muestra esquemáticamente una vista en sección de una porción de un medio óptico que forma parte de la disposición de emisión de luz, un LED incrustado en el medio óptico, un espejo y una capa de dispersión presente en una superficie trasera del medio óptico, y un espejo presente en una superficie de emisión del medio óptico, en el que las posibles trayectorias de los haces de luz se indican esquemáticamente por medio de flechas.
Descripción detallada de las realizaciones
Las Figuras 1-3 se refieren a una primera realización de una disposición de emisión de luz 100 de acuerdo con la invención. La disposición de emisión de luz 100 comprende un medio óptico en forma de placa 10 de silicona transparente ultravioleta y, además, comprende una pluralidad de fuentes de luz en forma de LED ultravioleta de emisión lateral 20 incrustados en la placa 10. En las Figuras. 2 y 3, puede verse que, en el ejemplo mostrado, las fuentes de luz 20 están dispuestas en una serie de conexiones paralelas en una cuadrícula 21, particularmente una cuadrícula 21 que tiene una estructura de alambre de gallinero. Eso no altera el hecho de que otras disposiciones de las fuentes de luz 20 son factibles dentro del marco de la invención.
La placa 10 tiene una superficie trasera 11 que se orienta hacia una superficie protegida 30, es decir, una superficie que debe mantenerse limpia de bioincrustaciones en un entorno en el que la superficie está expuesta a un líquido incrustante, al menos durante una parte de su vida útil, y una superficie de emisión 12 para emitir la luz ultravioleta emitida por los LED 20 en dirección opuesta a la superficie protegida 30. Además de la función de acomodar los LED 20, la placa 10 tiene la función de distribuir al menos parte de la luz ultravioleta de cada uno de los LED 20 a través de una porción de la superficie protegida 30 antes de ser emitida en la dirección que se aleja de la superficie protegida 30.
Las Figuras 1-3 proporcionan una ilustración clara del hecho de que partes de la superficie trasera 11 de la placa 10 están cubiertas. En particular, está presente un patrón de espejos 13 para reflejar la luz ultravioleta y capas de dispersión 14 para dispersar la luz ultravioleta para cubrir partes de la superficie trasera 11 de la placa 10. Los espejos 13 tienen un límite exterior sustancialmente curvado circularmente 15, y cada uno de los espejos 13 está asociado con uno de los LED 20, como se puede ver mejor en la Figura 2, en el que los LED 20 están en el centro de forma curvada sustancialmente circular del límite exterior 15 de los espejos 13. En aras de la integridad, se observa que el lado reflectante de los espejos 13 mira hacia la superficie trasera 11 de la placa 10. Las capas de dispersión 14 comprenden una serie de porciones de capa de dispersión interconectadas 16 que tienen un límite interior 17 curvado sustancialmente de forma circular, teniendo el límite interior 17 de cada una de las partes 16 de la capa de dispersión una posición concéntrica con respecto al límite exterior 15 de uno de los espejos 13.
En cada una de las combinaciones de 1) un LED 20, 2) un espejo 13 asociado con el LED 20, en el que el LED 20 tiene una posición sustancialmente central con respecto al límite exterior 15 de ese espejo 13, y 3) una capa de dispersión 16 cuyo límite interior 17 tiene una posición sustancialmente concéntrica con respecto al límite exterior de ese espejo 13, el límite interior 17 de la porción de la capa de dispersión 16 se extiende a una distancia del límite exterior 15 de ese espejo 13. Sobre esta base, se pueden distinguir grupos de tres zonas 1, 2, 3 cubiertas por la luz antiincrustante ultravioleta de un LED 20 en la disposición de emisión de luz 100, específicamente, una primera zona 1 en la posición del espejo 13 asociado con el lEd 20, una tercera zona 3 en la posición de la porción de capa de dispersión 16 asociada con el LED 20 y ese espejo 13, y una segunda zona 2 presente entre la primera zona 1 y la tercera zona 3.
La aplicación de los espejos 13 y las capas de dispersión 14 tiene como objetivo mejorar la distribución de la luz ultravioleta emitida por los LED 20 a través de la superficie de emisión 12 de la placa 10, logrando así un uso más efectivo de la luz ultravioleta, lo que implica una reducción del consumo de potencia de la disposición de emisión de luz 100, por ejemplo, y/o permite que un LED 20 cubra una porción más grande de la superficie de emisión 12, de manera que el número de LED 20 puede mantenerse al mínimo.
De lo anterior se deduce que a cada uno de los LED 20 se le asocia un grupo de tres zonas 1, 2, 3. En la Figura 1, se muestra esquemáticamente un LED 20 y un grupo asociado de zonas 1, 2, 3, estando indicadas esquemáticamente las posibles trayectorias de los haces de luz por medio de flechas. La primera zona 1 es la más cercana al LED 20. En vista de ello, esta zona 1 está diseñada para asegurar que la mayor parte de la luz se propague en la dirección de la segunda zona 2 y la tercera zona 3. Solo los rayos de luz que golpean la superficie de emisión 12 de la placa 10 en la primera zona 1 en un ángulo relativamente pequeño con respecto a la normal de la superficie de emisión 12 pueden escapar (parcialmente) de la placa 10. Como es bien sabido en el campo de la óptica, un valor crítico del ángulo mencionado está determinado por los índices de refracción de los dos materiales presentes en una superficie límite, que son el material de la placa 10 y el medio exterior de la placa 10 en el caso de la disposición de emisión de luz 100, en el que se debe señalar que se espera que el medio fuera de la placa 10 sea un líquido incrustante. Los otros rayos de luz que inciden en la superficie de emisión 12 de la placa 10 en la primera zona 1 se propagan en la dirección de la segunda zona 2 y la tercera zona 3. En particular, esos otros haces de luz no pueden escapar de la placa 10, sino que se reflejan en la superficie de emisión 12, de modo que se desvían en la dirección de la superficie trasera 11 de la placa 10 y salen de la primera zona 1 a medida que se propagan. Además, no se permite que todos los rayos de luz que inciden en la superficie trasera 11 en la primera zona 1 escapen de la placa 10, sino que se reflejan en la superficie trasera 11 y/o el espejo 13, lo que provoca que una cantidad sustancial de la luz se propague en la dirección de la segunda zona 2 y la tercera zona 3.
Los haces de luz que llegan a la segunda zona 2 e inciden en la superficie trasera 11 y la superficie de emisión 12 de la placa 10 solo pueden escapar de la placa 10 en la segunda zona 2 en caso de que el ángulo de incidencia de la luz en la superficie 11, 12 es menor con respecto a una normal de la superficie 11, 12 que el ángulo crítico. La configuración de la placa 10 que acomoda el LED 20 se elige de modo que dependa predominantemente de la reflexión interna total en la segunda zona 2, de modo que solo se permita que una cantidad relativamente pequeña de la luz recibida de la primera zona 1 escape de la placa 10 en la superficie de emisión 12 de la placa 10, mientras que una cantidad relativamente grande de la luz se propaga en la dirección de la tercera zona 3. Para mejorar la funcionalidad de reflexión de la luz en la segunda zona 2, se puede aplicar una capa de índice bajo (no mostrada) como un recubrimiento de sol-gel, especialmente una capa que tenga un índice de refracción más bajo que el líquido incrustante, puede aplicarse a la cara trasera 11 de la placa 10 en la segunda zona 2. También es posible tener un espejo adecuado (no mostrado) para cubrir al menos una parte de la superficie trasera 11 de la placa 10 en la segunda zona 2, un lado reflectante del espejo que se orienta hacia la superficie trasera 11.
La tercera zona 3 es la más alejada del LED 20. En vista de ello, la porción de capa de dispersión 16 se aplica en la tercera zona 3, de modo que se asegura que prácticamente todos los haces de luz que llegan a la tercera zona 3 se dirijan hacia la superficie de emisión 12 de la placa 10, de tal manera como para estar orientado en un ángulo relativamente pequeño con respecto a la normal de la superficie de emisión 12. Así, la tercera zona 3 está configurada para dirigir prácticamente toda la luz que queda después de haber pasado la primera zona 1 y la segunda zona 2 fuera de la placa 10.
A continuación, se proporciona un ejemplo de posibles valores de dimensiones y otros parámetros relacionados con la disposición 100 de emisión de luz. Se supone que los LED 20 son LED que están configurados para emitir luz ultravioleta del tipo c (UVC), y se supone que la placa 10 es una placa de guía de luz transparente que tiene un grosor, es decir, una altura he de la superficie de emisión 12 de la placa 10 con respecto a la superficie trasera 11 de la placa 10, de 10 mm. Además, se supone que los LED 20 están montados para emitir luz en una dirección lateral, a una altura hI de 5 mm con respecto a la cara trasera 11 de la placa 10. El índice de refracción a una longitud de onda UVC de 275 nm de agua de mar y silicona es de 1,38 y 1,46, respectivamente, lo que da como resultado un ángulo crítico 0 para la reflexión interna total igual a 0 = arcsen (1,38/1,46) = 70,9°. Para tener un efecto de distribución de luz muy bueno a través de la superficie de emisión 12 de la placa 10, es ventajoso para un radio n del límite exterior 15 de la primera zona 1 para ser igual o mayor que n = hi/tan(90°-0) = 14,5 mm. Además, es ventajoso que un radio r3 del límite interior 17 de la tercera zona 3 sea igual o mayor que r3 = (he+(he-hi))/tan (90°-0) = 43,5 mm. Se nota que he , hi, n y r3 se indican en la Figura 1.
La medida en que la disposición de emisión de luz 100 puede ser efectiva para realizar la distribución de la luz a través de la superficie de emisión 12 de la placa 10 puede ampliarse aún más aumentando hI. Por ejemplo, puede ser práctico colocar los LED 20 a una altura hI de 8 mm con respecto a la cara trasera 11 de la placa 10. Además, puede ser beneficioso tener una orientación inclinada de los LED 20, en particular una orientación en la que los LED 20 estén dispuestos para emitir luz en una dirección más hacia abajo, en particular para emitir más del 50 % de la luz directamente hacia la superficie trasera 11 de la placa 10 en la primera zona 1.
La Figura 4 se refiere a una segunda realización de una disposición de emisión de luz 100 de acuerdo con la invención, e ilustra en particular la posibilidad de aplicar un espejo adicional 18 en la primera zona 1, específicamente, un espejo 18 para cubrir al menos parcialmente la superficie de emisión 12 de la placa 10 en la primera zona 1, un lado reflectante del espejo 18 que se orienta hacia la superficie de emisión 12. Es práctico que dicho espejo adicional 18 sea semitransparente a la luz emitida por el LED 20. En vista de ello, el espejo 18 puede ser un espejo patrón como se indica esquemáticamente en la Figura 4. Al tener el espejo adicional 18, es posible asegurar que se haga propagar aún más luz desde la primera zona 1 hacia la segunda zona 2 y la tercera zona 3 y tener una distribución de la luz a través de la superficie de emisión 12 de la placa 10 que se optimiza aún más. A este respecto, es una posibilidad ventajosa que el espejo adicional 18 esté diseñado de tal manera que la semitransparencia del mismo aumente en una dirección desde el LED 20 hasta el límite exterior 15 de la primera zona 1.
Será evidente para un experto en la técnica que el ámbito de la invención no se limita a los ejemplos discutidos anteriormente, sino que son posibles varias enmiendas y modificaciones de los mismos sin desviarse del ámbito de la invención tal como se define en las reivindicaciones anexas. Se pretende que la invención se interprete como que incluye todas estas enmiendas y modificaciones en la medida en que entren dentro del ámbito de las reivindicaciones o sus equivalentes. Si bien la invención se ha ilustrado y descrito en detalle en las figuras y la descripción, dicha ilustración y descripción deben considerarse ilustrativas o únicamente a modo de ejemplo, y no restrictivas. La invención no se limita a las realizaciones divulgadas. Los dibujos son esquemáticos, en los que los detalles que no son necesarios para comprender la invención pueden haberse omitido, y no necesariamente a escala.
Un experto en la técnica puede comprender y realizar variaciones de las realizaciones divulgadas en la práctica de la invención reivindicada, a partir de un estudio de las figuras, la descripción y las reivindicaciones adjuntas. En las reivindicaciones, la palabra "comprendiendo" no excluye otras etapas o elementos, y el artículo indefinido "un" o "una" no excluyen una pluralidad. Una persona experta en la técnica entenderá que el término "comprende", tal como se utiliza en este texto, cubre el término "consta de". Por tanto, el término "comprender" puede significar, con respecto a una realización, "consistir en", pero en otra realización puede significar "contener/incluir al menos las especies definidas y opcionalmente una o más de otras especies". Cualquier signo de referencia en las reivindicaciones no debe interpretarse como una limitación del ámbito de la invención.
Los elementos y aspectos discutidos para o en relación con una realización particular pueden combinarse adecuadamente con elementos y aspectos de otras realizaciones, a menos que se indique explícitamente lo contrario. Por tanto, el mero hecho de que se mencionen determinadas medidas en las reivindicaciones dependientes diferentes entre sí no indica que una combinación de estas medidas no pueda utilizarse ventajosamente, en la medida en que se encuentren dentro del ámbito de las reivindicaciones adjuntas.
En un sentido general, es una función básica de la disposición de emisión de luz 100 de acuerdo con la invención mantener una superficie 30 protegida libre de contaminación biológica. Por lo tanto, la invención es aplicable en todas las situaciones que impliquen un riesgo de incrustación, que son situaciones en las que la superficie protegida está destinada a estar sumergida, al menos durante una parte de su vida útil, en un líquido incrustante que contiene organismos bioincrustantes. El agua de mar es un ejemplo bien conocido de este tipo de líquido incrustante. Como se mencionó anteriormente, la disposición de emisión de luz 100 de acuerdo con la invención se puede aplicar en el casco de una embarcación. Otros ejemplos de la superficie protegida 30 incluyen la superficie exterior de enfriadores de caja, superficies de equipos submarinos costa afuera, paredes interiores de depósitos de agua como tanques de lastre de embarcaciones y superficies de filtrado de sistemas de filtrado en plantas desalinizadoras.
El medio óptico 10 que forma parte de la disposición de emisión de luz 100 de acuerdo con la invención puede presentarse en cualquier forma adecuada, en función de la aplicación prevista de la disposición de emisión de luz 100. Puede ser práctico que el medio óptico 10 comprenda una placa de material como se mencionó anteriormente, en la que el material puede ser cualquier tipo de material que sea adecuado para permitir que la luz antiincrustante se propague a través del medio óptico 10. Además, el material puede ser flexible, por ejemplo, para permitir que la placa se doble en caso de que sea necesario para seguir el contorno de una superficie protegida 30. Puede ser que la superficie de emisión 12 y la superficie trasera 11 del medio óptico 10 sean sustancialmente planas y se extiendan sustancialmente paralelas entre sí, en cuyo caso el medio óptico 10 tiene un diseño generalmente plano, pero eso no altera el hecho de que otros diseños del medio óptico 10 son factibles dentro del marco de la invención. En caso de que el medio óptico 10 tenga un diseño generalmente plano, es práctico que las tres zonas 1, 2, 3 tengan una disposición sucesiva en el medio óptico 10 en una dirección en la que se extiende el medio óptico 10, es decir, una dirección que es sustancialmente paralelo a la superficie de emisión 12 y la superficie trasera 11 del medio óptico 10.
La invención no se limita de ningún modo a ningún posicionamiento específico de al menos una fuente de luz 20 que forma parte de la disposición de emisión de luz 100 con respecto al medio óptico 10. La al menos una fuente de luz 20 puede estar dispuesta dentro o fuera del medio óptico 10, lo que sea apropiado en una determinada aplicación de la invención y un diseño de la disposición de emisión de luz 100 optimizado para esa aplicación.
El comportamiento de dispersión de luz general de la tercera zona 3 se puede lograr de varias maneras, incluida la manera que se muestra y describe, que implica el uso de capas de dispersión 14 en la superficie trasera 11 del medio óptico 10. Otras opciones factibles implican tener rayones en la superficie trasera 11 del medio óptico 10, o estructuras periódicas, líneas, crestas o abolladuras en (a) la superficie 11.
La invención se refiere a una disposición de emisión de luz 100 que tiene los detalles explicados anteriormente, y además se refiere a un conjunto de la disposición de emisión de luz 100 y una superficie protegida 30 como se muestra en las Figuras 1 y 4, estando la disposición de emisión de luz 100 en una posición operativa con respecto a la superficie protegida 30, particularmente estando dispuesto en, sobre y/o cerca de la superficie protegida 30. Resumiendo, se proporciona una disposición de emisión de luz 100 para que el antiincrustante de una superficie protegida 30 se sumerja, al menos durante una parte de su vida útil, en un líquido incrustante que contiene organismos bioincrustantes. La disposición de emisión de luz 100 comprende un medio óptico 10 y al menos una fuente de luz 20 para emitir luz antiincrustante. En la disposición de emisión de luz 100 se puede distinguir al menos un grupo de tres zonas sucesivas 1, 2, 3, asociadas a una fuente de luz 20, en el que una primera zona 1, que es la más cercana a la fuente de luz 20, está dispuesta y configurada para hacer que la luz antiincrustante se refleje predominantemente de manera especular hacia una superficie de emisión 12 del medio óptico 10, a través del medio óptico 10, se dispone y configura una segunda zona 2 para realizar la propagación de la luz antiincrustante predominantemente a través del medio óptico 10 por reflexión interna total, y una tercera zona 3, que está más alejada de la fuente de luz 20, está dispuesta y configurada para hacer que la luz antiincrustante se disperse predominantemente fuera del medio óptico 10, a través de la superficie de emisión 12 del medio óptico 10.

Claims (16)

REIVINDICACIONES
1. Una disposición de emisión de luz (100) dispuesto y configurado para realizar antiincrustaciones de una superficie protegida (30) a sumergir, al menos durante una parte de su vida útil, en un líquido incrustante que contiene organismos bioincrustantes, comprendiendo la disposición de emisión de luz (100):
- un medio óptico (10) y una fuente de luz (20) para emitir luz antiincrustante, comprendiendo el medio óptico (10) un material que está configurado para permitir que al menos parte de la luz antiincrustante se distribuya a través del medio óptico (10),
- en el que el medio óptico (10) comprende una superficie de emisión (12) para emitir la luz antiincrustante en una dirección opuesta a la superficie protegida (30) cuando la disposición de emisión de luz (100) está en una posición operativa con respecto a la superficie protegida (30), y una superficie trasera (11) para orientarse hacia la superficie protegida (30), y
- en el que la disposición de emisión de luz (100) comprende un grupo de tres zonas (1, 2, 3) cubiertas por la luz antiincrustante de la fuente de luz (20), específicamente, una primera zona (1) que está dispuesta y configurada para hacer que la luz antiincrustante se refleje predominantemente de manera especular hacia la superficie de emisión (12) del medio óptico (10), a través del medio óptico (10), una segunda zona (2) que está dispuesta y configurada para realizar la propagación de la luz antiincrustante predominantemente a través del medio óptico (10) por reflexión interna total, y una tercera zona (3) que está dispuesta y configurada para hacer predominantemente que la luz antiincrustante se disperse fuera del medio óptico, a través de la superficie de emisión (12) del medio óptico (10), estando la primera zona (1) más cerca de la fuente de luz (20) que la segunda zona (2), y estando la segunda zona (2) más cerca de la fuente de luz (20) que la tercera zona (3).
2. La disposición de emisión de luz (100) de acuerdo con la reivindicación 1, en la que, en la primera zona (1), la superficie de emisión (12) del medio óptico (10) está cubierta al menos parcialmente por un espejo (18), un lado reflectante del espejo (18) que se orienta hacia la superficie de emisión (12).
3. La disposición de emisión de luz (100) de acuerdo con la reivindicación 2, en la que el espejo (18) es semitransparente a la luz antiincrustante, y en la que, opcionalmente, la medida en que el espejo (18) es semitransparente a la luz antiincrustante la luz aumenta en una dirección contraria a la fuente de luz (20).
4. La disposición de emisión de luz (100) de acuerdo con cualquiera de las reivindicaciones 1-3, en la que, en la primera zona (1), la superficie trasera (11) del medio óptico (10) está cubierta al menos parcialmente por un espejo (13), un lado reflectante del espejo (13) que se orienta hacia la superficie trasera (11).
5. La disposición de emisión de luz (100) de acuerdo con cualquiera de las reivindicaciones 1-4, en la que, en la segunda zona (2), la superficie trasera (11) del medio óptico (10) está provista de una capa de bajo índice, y en la que opcionalmente, un índice de refracción de la capa de bajo índice es menor que un índice de refracción del líquido incrustante en el que se va a sumergir la superficie protegida (30).
6. La disposición de emisión de luz (100) de acuerdo con cualquiera de las reivindicaciones 1-5, en la que, en la tercera zona (3), la superficie trasera (11) del medio óptico (10) está cubierta al menos parcialmente por una capa de dispersión (14, 16), un lado de dispersión de la capa de dispersión (14, 16) que se orienta hacia la superficie trasera (11).
7. La disposición de emisión de luz (100) de acuerdo con cualquiera de las reivindicaciones 1-6, en la que el medio óptico (10) tiene un diseño generalmente plano, y en el que las tres zonas (1, 2, 3) tienen una disposición sucesiva en el medio óptico (10) en una dirección en la que se extiende el medio óptico (10).
8. La disposición de emisión de luz (100) de acuerdo con cualquiera de las reivindicaciones 1-7, en la que la fuente de luz (20) está situada más cerca del nivel de la superficie de emisión (12) del medio óptico (10) que del nivel de la superficie trasera (11) del medio óptico (10).
9. La disposición de emisión de luz (100) de acuerdo con cualquiera de las reivindicaciones 1-8, en la que la fuente de luz (20) está dispuesta y configurada para emitir más del 50 % de la luz antiincrustante directamente hacia la superficie trasera (11) del medio óptico (10) en la primera zona (1).
10. La disposición de emisión de luz (100) de acuerdo con cualquiera de las reivindicaciones 1-9, en la que la primera zona (1) tiene un límite exterior sustancialmente curvado circularmente (15), una distancia radial entre el límite exterior (15) y la fuente de luz (20) igual o mayor que hi/tan(90°-0), en el que hi representa un nivel de altura de la fuente de luz (20) con respecto a la superficie trasera (11) del medio óptico (10), y en el que 0 representa un ángulo crítico para la reflexión interna total en el medio óptico (10), que se define como arcsen(n2/n1), en el que m representa un índice de refracción del material del medio óptico (10), y en el que n2 representa un índice de refracción del agua dulce o del agua de mar en el que se va a sumergir la superficie protegida (30).
11. La disposición de emisión de luz (100) de acuerdo con cualquiera de las reivindicaciones 1-10, en la que la tercera zona (3) tiene un límite interior sustancialmente curvo circularmente (17), una distancia radial entre el límite interior (17) y la fuente de luz (20) igual o mayor que (he+(he-hi))/tan(90°-9), en el que he representa un nivel de altura de la superficie de emisión (12) del medio óptico (10) con respecto a la superficie trasera (11) del medio óptico (10), en el que hI representa un nivel de altura de la fuente de luz (20) con respecto a la superficie trasera (11) del medio óptico (10), y en el que 9 representa un ángulo crítico para la reflexión interna total en el medio óptico (10), que se define como arcsen(n2/n1), en el que m representa un índice de refracción del material del medio óptico (10), y en el que n2 representa un índice de refracción del agua dulce o del agua de mar en el que se va a sumergir la superficie protegida (30).
12. La disposición de emisión de luz (100) de acuerdo con cualquiera de las reivindicaciones 1-11, en la que el medio óptico tiene forma de una placa (10) y en la que la superficie de emisión (12) del medio óptico (10) y la superficie trasera (11) del medio óptico (10) son sustancialmente planos y se extienden sustancialmente paralelos entre sí.
13. La disposición de emisión de luz (100) de acuerdo con cualquiera de las reivindicaciones 1-12, en la que la fuente de luz (20) está adaptada para emitir luz ultravioleta, y en el que opcionalmente el medio óptico (10) comprende silicona transparente ultravioleta.
14. La disposición de emisión de luz (100) de acuerdo con cualquiera de las reivindicaciones 1-13, que comprende un solo medio óptico (10) y una pluralidad de fuentes de luz (20) incrustadas en el medio óptico (10), en la que la disposición de emisión de luz (100) comprende una pluralidad de grupos de la primera zona (1), la segunda zona (2) y la tercera zona (3), y en la que cada una de las fuentes de luz (20) está asociada a uno de los grupos.
15. La disposición de emisión de luz (100) de acuerdo con la reivindicación 14, en la que las fuentes de luz (20) están dispuestas en una serie de conexiones paralelas en una cuadrícula (21), opcionalmente una cuadrícula (21) que tiene una estructura de alambre de gallinero.
16. Una embarcación que comprende la disposición de emisión de luz de una cualquiera de las reivindicaciones 1­ 15.
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